EL Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Huelva declara nulidad de cláusula suelo del 4,4 % de un préstamo hipotecario del año 2006 de la entidad CAIXABANK.
Se condena a la entidad demandada a devolver a los demandantes las cantidades que hayan sido percibidas en aplicación de dicha cláusula, desde la fecha de publicación de STS de 9 de Mayo de 2013, así como sus intereses al tipo legal del dinero desde sus respectivos cobros. Deberá también rehacer el cuadro de amortización del préstamo sin la aplicación de la mencionada cláusula.
Igualmente la entidad deberá abonar las costas.