La Audiencia Provincial de Huelva estima recurso del bufete ATO Abogados SLP, revoca al Juzgado de lo Mercantil y anula cláusula suelo de CaixaBank.
Se declara la nulidad por ser abusiva por falta de transparencia de la cláusula suelo recogida en la escritura de compraventa con subrogación en préstamo hipotecario de CAIXABANK del año 2006, que establecía un tipo mínimo del 3,50 %.
Se condena a la entidad mencionada a restituir a los prestatarios los intereses cobrados en exceso por la aplicación de la referida cláusula suelo desde el 9 de mayo de 2013, con sus intereses legales del art. 576 de la LEC desde que se produzca la liquidación.
También se condena a la entidad financiera demandada a eliminar dicha condición general de la contratación del contrato de préstamo hipotecario objeto del pleito y a recalcular y rehacer, excluyendo la cláusula declarada nula por abusiva, el cuadro de amortización del préstamo desde el 9 de mayo de 2013.