La Audiencia Provincial de Huelva desestima el recurso interpuesto por Caixabank contra la sentencia dictada por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Ayamonte que se CONFIRMA, con expresa condena en costas de segunda instancia a la entidad recurrente y pérdida del depósito prestado para apelar.
Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 6 de abril de 2017 se dictó sentencia contra la entidad CAIXABANK S.A., declarando la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de las cláusulas limitativas del interés variable que se contienen con el 3%, 4,50% y 4,70% en las escrituras y novaciones del préstamo, debiendo ser eliminadas.
Se condenaba a la demandada a reintegrar al actor las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de las cláusulas suelo desde el inicio y novaciones de los mismos, más cantidades devengadas posteriormente a la interposición de la demanda por tal concepto.
Se imponía además expresa imposición de costas a Caixabank.