La Audiencia Provincial de Huelva estima otra vez recurso de nuestro bufete sobre cláusula suelo (Banco MARE NOSTRUM) y revoca otra vez al Juzgado de lo Mercantil de Huelva:
– Declara la nulidad de cláusula límite de interés del 3,50 % anual insertada en el contrato de préstamo hipotecario del año 2007 y posterior novación del año 2008.
– Condena a la entidad prestamista a devolver las cantidades cobradas de más, como consecuencia de la aplicación del límite, a partir de STS de 9 de mayo 2013.