Bonos subordinados convertibles Banco Popular
En 2009, el Banco Popular colocó 700 millones de euros en deuda, en el producto Bonos Subordinados Banco Popular, que combinaba una rentabilidad fija y otra variable. Dichos bonos tenían un plazo de vencimiento de 4 años, en 2013, momento en el que serían canjeados por acciones, pasando a ser una inversión de renta variable.
En el mes de abril de 2012, ante los negativos resultados bursátiles de la entidad, Banco Popular decidió ampliar el vencimiento de los bonos hasta el 25 de noviembre de 2015, fecha en la cual se canjearían por acciones a un precio de 17,75€ por acción.
El producto tenía una rentabilidad fija de Euribor 3M más 4%, pero, en 2012, la entidad ofreció una rentabilidad del 7% hasta el vencimiento de los bonos, lo que ocasionó que gran parte de los titulares de los bonos suscribieran canje.
El 25 de noviembre de 2015, el Banco Popular realizó la conversión de sus bonos a acciones, lo que supuso unas pérdidas medias para los poseedores de los bonos convertibles de casi un 80% de su valor nominal. De modo que, incluso teniendo en cuenta los intereses que se han obtenido desde la suscripción de los bonos, la pérdida total de capital de los bonistas es cercana al 40% de la inversión.
Nos encontramos ante producto financiero derivado, complejo, de alto riesgo, que fue comercializado sin cumplir las exigencias mínimas de transparencia de la normativa del mercado de valores (MIFID) y de la legislación de defensa de los consumidores. Dichos bonos se colocaron a todo tipo de clientes insistiendo en su alta rentabilidad y en su seguridad, como si se trataran de una especie de plazo fijo, sin informarles de los verdaderos riesgos, ni de la verdadera naturaleza de los mismos.
Ante este difícil panorama, muchos de los afectados por dichos bonos de Banco Popular se preguntan qué hacer.
En nuestra modesta opinión, salvo mejor criterio, y en base a la exitosa experiencia ya acumulada de varios años reclamando contra los bancos por la colocación de productos complejos de alto riesgo, entendemos que los pasos a seguir serían:
1.- Solicitar toda la documentación contractual.
Para empezar a luchar por su dinero, lo primero que se debe hacer es solicitar a la entidad bancaria toda la documentación correspondiente a la contratación, administración y canje de los bonos: órdenes de sucripción/canje, cuenta de depósito y administración de valores, condiciones generales, tríptico o folleto informativo…
2.- No negociar directamente con el banco.
En los últimos meses, somos testigos de que los afectados por los precitados bonos han recibido llamadas desde el banco para ofrecerles distintas soluciones al objeto de tratar de paliar las enormes pérdidas económicas acumuladas.
Como recomendación general, debemos considerar que, si queremos recuperar la totalidad de nuestro dinero, incluidos los correspondientes intereses legales, no deberíamos aceptar negociación o acuerdo alguno directamente con Banco Popular, ya que siempre juegan con superioridad de conocimientos sobre los clientes y existe un clarísimo conflicto de intereses. Lo ideal sería que cualquier comunicación o información se realizara, a partir de ahora, a través de un abogado especializado en la materia.
3.- Demandar en los Juzgados de 1ª Instancia: abogados especialistas.
Una vez hayamos recabado toda la documentación posible en relación a la contratación y posterior canje de los bonos, tendríamos que interponer la correspondiente demanda ante los tribunales de justicia reclamando la nulidad o anulabilidad de la compra de los bonos y la indemnización de los daños y perjuicios.
Aunque respecto al día en que comienzan los plazos de vencimiento de las acciones a ejercitar existen distintas y variadas opiniones, sobre todo en relación a los 4 años de la acción de anulabilidad por vicio en el consentimiento, lo ideal es que dejemos pasar el menor tiempo posible entre el canje de los bonos y la presentación de la demanda.
Como no podía ser de otra forma, nuestra última recomendación es que utilicen abogados especialistas en la materia, con experiencia contrastada en la interposición de este tipo de demandas.
En Huelva, en ATO Abogados SLP estamos altamente cualificados en derecho bancario y financiero, habiendo interpuesto alrededor de 500 demandas contra bancos por la indebida colocación de productos bancarios tóxicos, cláusulas abusivas, como la cláusula suelo, y comisiones diversas.