Nueva sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Huelva que declara nula cláusula suelo del 3,95 % de un préstamo hipotecario del año 2005 suscrito con CAIXABANK.
En la sentencia, se condena a la entidad demandada a recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9/5/2013 como si nunca hubiera estado incluida la cláusula en cuestión, rigiendo dicho cuadro en lo sucesivo hasta el fin del préstamo.
También se deberá reintegrar al demandante las cantidades que hayan sido percibidas en aplicación de dicha cláusula, desde la fecha de publicación de STS de 9 de Mayo de 2013, así como sus intereses al tipo legal del dinero desde sus respectivos cobros.
Por último también se condena a la entidad al pago de las costas procesales.