Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Huelva anula una cláusula suelo del 2,25 % del Banco Pastor (luego integrado en Banco Popular) en Huelva.
Se declara la nulidad por el carácter abusivo por falta de transparencia de la cláusula limitativa del interés variable que se contiene en el apartado 4, estipulación 3ª, de la escritura de préstamo hipotecario suscrito en el año 2007 por el demandante, debiendo ser eliminada del contrato.
Se condena al banco a reintegrar las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dichas cláusulas desde STS de Mayo de 2013, más los intereses legales desde la fecha de cada pago hasta el pago completo de dichas cantidades.
Se condena también al pago de las costas a la entidad bancaria.