Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Huelva vuelve a anular dos #cláusulas #suelo del 3% al Banco Popular en Huelva.
Se declara una vez más la nulidad por el carácter abusivo por falta de transparencia de la cláusula limitativa del interés variable que se contiene en la estipulación 3.3 de las escritura públicas de 2008 suscritas por los litigantes, debiendo ser eliminada del contrato.
Se condena al banco a reintegrar las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dichas cláusulas desde STS de Mayo de 2013, más los intereses legales desde la fecha de cada pago hasta el pago completo de dichas cantidades.
Se condena también al pago de las costas a la entidad bancaria.