El Tribunal Supremo ha estimado recurso de casación contra sentencia de 9 de septiembre de 2014 dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva en recurso de apelación.
La Sala ha decidido declarar sin valor ni efecto alguno la referida sentencia y en su lugar:
- estima el recurso de apelación contra sentencia de Juzgado de lo Mercantil de Huelva de septiembre de 2013, que revoca.
- estima la demanda interpuesta contra Banco Popular.
- declara la nulidad de cláusula suelo del 5,50% de contrato de préstamo hipotecario de 2007.
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Condena a Banco Popular a la devolución de cuantas cantidades haya cobrado en aplicación de dicha cláusula con sus intereses legales devengados desde la fecha de cada cobro periódico.