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BANCO #MARE #NOSTRUM: declarada nula por abusiva #cláusula #suelo en #Huelva, con #costas – ATO #Abogados SLP

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Huelva, declara nula, por abusiva, cláusula suelo del 3,50 % nominal anual, ínsita en escritura pública de compraventa y subrogación -con novación- en préstamo con garantía hipotecaria de BANCO MARE NOSTRUM S.A. (actual BMN CAJAGRANADA).

Deberán rehacerse y recalcularse los cuadros de amortización y abonar a la demandante las cantidades que hayan podido cobrarse de más como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula, desde STS 9 de Mayo de 2013.

Se condena también en costas a la entidad

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Anulada otra #cláusula #suelo a #CaixaBank por Juzgado de #Huelva (con #costas) – ATO #Abogados SLP

EL Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Huelva declara nulidad de cláusula suelo del 4,4 % de un préstamo hipotecario del año 2006 de la entidad CAIXABANK.

Se condena a la entidad demandada a devolver a los demandantes las cantidades que hayan sido percibidas en aplicación de dicha cláusula, desde la fecha de publicación de STS de 9 de Mayo de 2013, así como sus intereses al tipo legal del dinero desde sus respectivos cobros. Deberá también rehacer el cuadro de amortización del préstamo sin la aplicación de la mencionada cláusula.

Igualmente la entidad deberá abonar las costas.

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Otra #cláusula #suelo de BBK BANK – CAJASUR anulada con #costas en #Huelva – ATO #Abogados SLP

BBK BANK – CAJASUR ve anulada en Huelva otra cláusula suelo. Esta vez, el Juzgado de Primera Instancia Nº 2, anula la estipulación Tercera del contrato de préstamo con garantía hipotecaria de un consumidor onubense del año 2007.

Se condena a la entidad a reintegrar al cliente las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula desde la fecha de publicación de la STS de 9 de Mayo de 2013, hasta la fecha en la que la entidad dejó de aplicar la cláusula, incrementada esta cantidad con los intereses legales desde la fecha de cada pago su efectivo pago, y los de mora procesal desde el dictado de la resolución de la sentencia, con expresa imposición de costas a la entidad financiera.

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#CaixaBank: declarada nueva #nulidad #cláusula #suelo en #Huelva con #costas – ATO #Abogados SLP

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Huelva declara nula cláusula suelo de CaixaBank del 4,95 % incluida en el apartado 3, cláusula 3ª bis, de la escritura del préstamo hipotecario de una consumidora onubense.

En la sentencia, se condena a la entidad a «devolver a la demandante las cantidades que hayan sido percibidas en aplicación de las mismas, desde la fecha de publicación de la STS de 9 de Mayo de 2013, así como sus intereses al tipo legal del dinero desde sus respectivos cobros y al de demora procesal desde esta sentencia».

También se condena a la entidad al pago de las costas procesales.

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#Cláusula #suelo de #UNICAJA declarada nula por Juzgado de #Huelva – ATO #Abogados SLP

El Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Huelva atiende la #reclamación de otra consumidora onubense y declara la #nulidad de otra cláusula suelo de UNICAJA, condenando también a la entidad al pago de costas procesales.

Como en casos anteriores, la entidad deberá recalcular y rehacer (con exclusión de dicha cláusula del 3,5 % nominal anual) los cuadros de amortización del préstamo en que se halla ínsita la misma y abonar a la demandante las cantidades que hayan podido cobrarle de más como consecuencia de la cláusula declarada nula, desde el día 9 de Mayo de 2013.

Así mismo se efectua expresa imposición a la entidad financiera demandada (UNICAJA) de las costas procesales.

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AP de #Huelva anula #cláusula #suelo de #BBK BANK-CAJASUR – ATO #Abogados SLP

La Audiencia Provincial de Huelva sigue dando la razón a los consumidores onubenses y nuevamente revoca al Juzgado de lo Mercantil, anulando una cláusula suelo de un 4%, que un cliente de BBK BANK – CAJASUR tenía incorporada en su préstamo hipotecario.

Tras la #reclamación de nuestro bufete, estimada por la AP, la entidad es condenada a eliminar dicha cláusula de fijación de interés mínimo retributivo del contrato, así como al pago de la cantidad que resulte de aplicar al contrato el interés pactado sin ese límite (esto es, la devolución del exceso de interés que se ha dado por no aplicar el interés variable y sí el mínimo fijo), de los devengados con posterioridad a la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013, es decir a restituir al restatario los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula a partir de la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013.

#Cláusula #suelo de #CAJAMAR declarada #nula por Juzgado de 1ª Instª. Nº 6 de #Huelva

El Juzgado declara la #nulidad de la cláusula suelo del 3,25 % impuesta en el contrato de préstamo hipotecario de un cliente de la entidad CAJAMAR del año 2007, por su caracter de abusiva.

Tal declaración de nulidad habría de conllevar, conforme a la doctrina establecida mediante la Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de fecha 25 de Marzo de 2.015, reintegrar a la parte demandante el exceso que, en su caso y desde el día 9 de Mayo de 2.013, hubiera podido cobrar de más la entidad demandada como consecuencia de la cláusula declarada nula, pero en este caso no se efectua porque ya ambas partes reconocieron en su día que CAJAMAR dejara de aplicar la cláusula con efectos retroactivos precisamente desde esa fecha.

AP de #Huelva anula #cláusula #suelo de #CAJASUR – ATO Abogados SLP

Nuestro bufete consigue otra #sentencia favorable de la Audiencia Provincial de Huelva sobre cláusula suelo. Se estima el recurso de apelación y se #anula la cláusula de fijación de tipo mínimo de interés del 4,5 % en el contrato de préstamo hipotecario del cliente de CAJASUR.

Se condena a la entidad a devolver el exceso de interés que se ha dado por no aplicar el interés variable y sí el mínimo fijo, de los devengados con posterioridad a la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013.

Nueva condena en #Huelva a #UNICAJA por una #cláusula #suelo

Nueva condena en ‪#‎Huelva‬ a ‪#‎UNICAJA‬ por una ‪#‎cláusula‬ ‪#‎suelo‬: se declara ‪#‎nulidad‬, se obliga a devolver al cliente las cantidades pagadas de más desde Mayo 2013 y al pago de ‪#‎costas‬ a la entidad.

ATO ‪#‎Abogados‬ SLP consigue otra ‪#‎sentencia‬ favorable del Juzgado de Primera Instancia Nº 6 que declara ‪#‎nula‬ cláusula suelo del 3,50 % en un préstamo hipotecario de UNICAJA de 2005.

La entidad deberá recalcular y rehacer -con exclusión de dicha cláusula- los cuadros de amortización del préstamo y abonar al demandante las cantidades que hayan podido cobrarle de más desde sentencia del TS de Mayo de 2013.

Se condena también a la entidad al pago de las #costas procesales.

ATO Abogados SLP le puede ayudar a ‪#‎recuperar‬ su dinero. Pida CITA GRATIS en el teléfono 959 255 856 o en el correo electrónico ato@atoabogados.com