Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Huelva declara nulas cláusulas suelo del Banco Popular, del 3% y 3,25%, respectivamente, que se contienen en sendas escrituras públicas suscritas por dos hermanos en el año 2006.
El Juzgado declara la nulidad de dichas cláusulas por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia y condena a la entidad a eliminarlas y a reintegrar a los demandantes las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de las mismas, desde STS de Mayo de 2013, más los intereses legales desde la fecha de cada pago hasta el completo pago de dichas cantidades.
Se impone además las costas procesales a la entidad demandada.