Alberto podrá ahorrarse unos 300 euros al mes en su cuota de hipoteca, tras ver anulada, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Huelva, la cláusula suelo de su contrato de préstamo hipotecario suscrito con BBK BANK (actual CAJASUR)
El juez declara la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de la cláusula tercera bis, limitativa del interés variable del 4,50 % nominal anual que se contiene en la escritura del préstamo hipotecario del año 2007.
Esta declaración de nulidad comporta que la entidad bancaria haya de eliminar dicha cláusula del contrato, que haya de recalcular el cuadro de amortización del préstamo, desde la fecha de publicación de la STS de Mayo de 2013 y con devolución de las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dichas cláusulas más los intereses legales desde la fecha de cada cobro, devengados al tipo de interés legal del dinero.
Se condena en costas procesales a la entidad demandada.