El Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Huelva ha dictado sentencia favorable a nuestro cliente contra Banco Popular y TargoBank, declarando:
- la nulidad (por razón de error esencial en el consentimiento, falta de información y falta de evaluación del perfil del cliente), de la órdenes de compra y suscripción de valores, así como de sus negocios conexos.
- se condena a la mutua restitución de sus respectivas prestaciones, debiendo la entidad TARGOBANK proceder a reintegrar al cliente la totalidad de la inversión, con sus intereses al tipo legal del dinero devengados hasta esta sentencia.